HABEAS DATA

Es el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y a que el Estado garantice su derecho a la intimidad personal y familiar y su buen nombre (artículo 15 C.N.); así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20.

La expresión “habeas data” viene del latín y significa «tener datos presentes».

.


¿A  DÓNDE DEBE DIRIGIRSE?

En primera medida, las consultas de información o los reclamos por datos personales parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido (datos de niños, niñas y adolescentes), o no haya sido autorizado, deben dirigirse directamente a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que por sí misma o en asocio con otros, realicen o decidan sobre la base de datos y/o el tratamiento de datos.
Una vez se haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento de la información,  se podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
.










CONSULTAS
Los ciudadanos-as podrán consultar la información personal que sobre ellos repose en cualquier base de datos, sea esta del sector público o privado. El responsable o encargado de su tratamiento deberán suministrar toda la información contenida en el registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular.
La consulta será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma.
Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al-a interesado-a, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.







RECLAMOS

Quien considere que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, el-la ciudadano-a podrán presentar un reclamo ante el responsable o encargado del Tratamiento de esta información.
El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo.
Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al-a interesado-a los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
.


¿QUÉ CONTIENE EL HABEAS DATA?

La solicitud deberá estar dirigida al responsable o encargado del Tratamiento de la información con la identificación del Titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección, y acompañando los documentos que se quiera hacer valer.
Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
En caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga "reclamo en trámite" y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
.